martes, 25 de agosto de 2015

#FreeElSexto La abogada de Danilo y la queja a Fiscalía

Abuela, madre y abuelo de Danilo en las afueras de la prisión de Valle Grande, esperando en vano que lo liberaran junto a otros prisioneros de conciencia, como les asegurara el agente "William" de la sección 21. María Victoria, madre de Danilo, le dijo a teniente coronel Julio, jefe de Registro Legal de Prisiones (quien dijera a familiares que los de Seguridad "hacían esas cosas" y "eran unos irresponsables" pero "cuando el río suena...") que aquello fue un acto de tortura sicológica tanto como para los presos como para sus familiares, personas mayores, que habían ido hasta allí con alguna esperanza, pero la crueldad infinita de los órganos represores de la Seguridad del Estado les demostraba su cobardía y falsedad.
  
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En conversación telefónica con la abogada Mercy (Mercedes Nery Ferrer Iznaga) hace unos minutos, me dijo haber estado de licencia durante 2 meses y medio por problemas familiares, por lo que le había dado "returno" con el caso de Danilo a otro abogado. 

Este lunes cuando empezó a trabajar lo primero que hizo "entrando al bufete" (en 23 y G) fue coger el expediente de Danilo. 

Dijo que había hecho todo lo posible por Danilo, incluyendo más de 4 peticiones de cambio de medida a la Fiscalía y todos fueron rechazados. La última vez que fue a solicitar un nuevo cambio de medida a la Fiscalía Municipal de Plaza, la fiscal Viviana le dijo que no se podía porque el expediente estaba en la Fiscalía General de la República (1ra y 18).

Ella insiste en querer asumir la defensa de Danilo, pues no ve "delito" en el caso y aunque Danilo le haya dicho en su última visita (hace ya meses) que no quería ninguna defensa, ella sí quiere defenderlo pues tampoco ve "peligrosidad en el hecho" que es lo que le han argumentado al negar los cambios de medida que ha solicitado.

"No me lo quieren soltar", me dijo con voz angustiosa, y todo el que ha venido a verme sabe que no he parado de hacer todo lo que está a mi alcance.

Este martes iré a verla con la mamá de Danilo y le llevaré el documento de Queja redactado por la oficina de asesoría legal independiente CubaLex, de la que hice entrega este martes 25 de agosto en la Fiscalía Municipal de La Lisa, en la Fiscalía Provincial de La Habana y el la Fiscalía General de la Repúbica de las cuales tengo cada acuse de recibo correspondiente y se comprometen a dar respuesta de 30 a 60 días hábiles. 

En el documento se explica cómo el caso de Danilo va desde la detención arbitraria hasta la violación del derecho universal a la libertad de expresión y pensamiento. Cómo no se ha cumplido el "debido proceso" y se ha violado el derecho a la libertad, la seguridad y la integridad personal. 

La Queja va dirigida a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley para que admitan este escrito e investigue los hechos aquí denunciados y someta a los funcionarios actuantes, a procedimientos penales, al tiempo que restablece la legalidad quebrantada, para prevenir la responsabilidad internacional del Estado cubano por incumplimiento de las obligaciones de respetar y garantizar los derechos humanos de todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción sin distinción alguna, en virtud de la ratificación de casi todos los tratados internacionales en la materia.

Y solicita además la inmediata liberación como medida necesarias para proteger su integridad personal. Las medidas cautelares solicitadas se edifican como indispensables y pertinentes, de acuerdo a la información veraz denunciada y aportada en el presente escrito. En este caso, la extrema gravedad y urgencia, se justifican en la necesidad de proteger la integridad física y mental de Maldonado Machado, por la extrema gravedad de la amenaza que representa para su libertad, seguridad e integridad personal, su detención arbitraria y actual encarcelamiento por parte de las autoridades nacionales. La urgencia de la medida se cumple cuando enunciamos la extrema situación de vulnerabilidad en que se encuentra Danilo por su condición de disidente y defensor de derechos humanos. A nivel internacional se entiende que debe ser considerado defensor o defensora de derechos humanos “toda persona que de cualquier forma promueva o procure la realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos a nivel nacional o internacional” y que la labor de defensoras y defensores es fundamental para la implementación universal de los derechos humanos, así como para la existencia plena de la democracia y el Estado de Derecho. Las y los defensores de derechos humanos son un pilar esencial para el fortalecimiento y consolidación de las democracias, ya que el fin que motiva la labor que desempeñan incumbe a la sociedad en general, y busca el beneficio de ésta. Por tanto, cuando se impide a una persona la defensa de los derechos humanos, se afecta directamente al resto de la sociedad.

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